miércoles, 27 de enero de 2016

REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS DE LOS EDIFICIOS (RITE)


El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), (Real Decreto 1027/2007 y su posterior modificación en el Real Decreto 238/2013), establece las condiciones que deben cumplir las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, para conseguir un uso racional de la energía, en las Comunidades de Propietarios.
 

En los puntos que este Real Decreto hace más incapié es: 
  • Mayor rendimiento energético en los equipos de generación de calor y frío, así como los destinados al movimiento y transporte de fluidos.
  • Mejor aislamiento en los equipos y conducciones de los fluidos térmicos.
  • Mejor regulación y control para mantener las condiciones de diseño previstas en los locales climatizados.
  • Utilización de energías renovables disponibles, en especial la energía solar y la biomasa.
  • Incorporación de subsistemas de recuperación de energía y el aprovechamiento de energías residuales.
  • Sistemas obligatorios de contabilización de consumos en el caso de instalaciones colectivas. 
  • Desaparición gradual de combustibles sólidos más contaminantes.
  • Desaparición gradual de equipos generadores menos eficientes.

Además también la normativa europea (directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo), exige la revisión periódica en intervalos no superiores a cinco años.
 

La reglamentación establecida es de carácter básica, por lo que las Comunidades Autónomas podrán introducir requisitos adicionales sobre las mismas materias cuando se trate de instalaciones radicadas en su territorio.

En ALJEA Multiservicios, S. L., hacemos estudios energéticos para las Comunidades de Propietarios, así como adecuación a la nueva normativa de contabilización de consumos en el caso de instalaciones colectivas. Si quiere más información solicítela en info@aljea.com.