viernes, 30 de octubre de 2015

PREVENCIÓN DE RIESGOS EN CENTROS DOCENTES


Hay diferentes niveles de seguridad y de prevención de riesgos en centros de educación infantil, primaria y especial.


Plan de autoprotección 

La normativa reguladora viene recogida en el R.D. 393/2007 de 23 de marzo, en los que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros y actividades que puedan dar origen en situaciones de emergencias.

La obligación está en cualquier centro docente que disponga una altura de evacuación igual o superior a 28 metros, o de una ocupación igual o superior a 2.000 personas o escolarice personas que no puedan realizar evacuación por sus propios medios. 

La elaboración o actuación la realizará un técnico competente.


Plan de Emergencia

La normativa reguladora de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 20 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre. Esta normativa es para todos los centros que no tengan la obligación legal de contar un Plan de Autoprotección. Deberá elaborarlo o actualizarlo en una empresa autorizada. 

Para más información de prevención de riesgos póngase en contacto con ALJEA Multiservicios, S. L.